Cuando un trabajador fallece sea por una enfermedad o un accidente, las obligaciones del empleador es gestionar la liquidación final según la Ley de Contrato de Trabajo, incluyendo el seguro de vida obligatorio y optativo en caso que lo tuviese.
Las obligaciones de los salarios y prestaciones sociales se liquidan hasta la fecha de muerte del trabajador y lo cobra el grupo familiar asignado.
Pero, ¿qué le sucede a la familia cuando no cuente más con ese ingreso mensual?
No solo es una pérdida emocional, también es una pérdida económica. Y surgen inmediatamente las preocupaciones:
Los familiares legítimos recibirán la liquidación correspondiente, pero esto puede ayudar los primeros meses. No siempre los beneficiarios cuentan con algún sostén moral y/o económico para seguir adelante y puedan asesorarlos en la administración del dinero. Lamentablemente existen los oportunistas y aprovechadores que se benefician de esta situación vulnerable y acrecenta el problema.
Muchas familias desconocen el tema o no se animan a pedir ayuda. Los derechohabientes anhelan ser guiados sobre los beneficios que ellos podrían acceder ante esta nueva situación y que tipo de trámites tendrían que realizar. Es de suma importancia contemplar el beneficio de Pensión siendo esta la solución ante los problemas antes mencionados.