Cuando un trabajador padece alguna patología grave por cualquier causa (no imputable) y no puede seguir prestando servicio, tanto en las tareas que venía realizando como en cualquier otra, se podría plantear un Retiro Transitorio por Invalidez.
El RTI es una prestación que se abona a todo afiliado al Sistema, que se incapaciten física o intelectualmente en forma total para el desempeño de cualquier actividad compatible con sus aptitudes profesionales, siempre que la incapacidad se hubiera producido durante la relación laboral.
Y para acceder al beneficio es necesario contar con un mínimo de 66% de incapacidad laborativa, función encomendada a las Comisiones Médicas. El dictamen lo dictará la Comisión Médica del ANSES, que establecerá el grado de incapacidad laboral.